CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA

“QUO GRAVIORA”

 LEÓN XII

(marzo 13,1826)

 

 

Cuanto mayor son los males que amenazan al rebaño de Jesucristo, nuestro Dios y nuestro Salvador, mayor debe ser para impedirlos la solicitud de los Pontífices Romanos, a quienes en la persona del bienaventurado Pedro, príncipe de los Apóstoles, les ha sido dado el poder y el cuidado de apacentar y gobernar el rebaño.

Les pertenece, al efecto, colocados como están en el más elevado puesto de la Iglesia, descubrir de lejos las emboscadas preparadas por los enemigos del nombre cristiano (lo que es imposible). A los Pontífices Romanos toca, unas veces señalarlos y descubrirlos a los fieles para que estén sobre aviso, y otras apartarlos con su autoridad.

Habiendo comprendido los Pontífices Romanos, nuestros Predecesores, toda la grandeza del cargo que les ha sido impuesto, velaron sin descanso, como buenos pastores, y ya con sus exhortaciones, enseñanzas y decretos, ya dando la vida por sus ovejas, se ocuparon en combatir y destruir las sectas que amenazaban a la Iglesia con una ruina total.

No es sólo en los antiguos anales eclesiásticos donde se encuentra el recuerdo de esta solicitud pontificia. Más lo que se ha hecho en nuestros días y en los de nuestros antepasados por los Pontífices Romanos para oponerse a las Sociedades de los enemigos de Cristo, hace que brille también su solicitud.

Con efecto, Clemente XII, nuestro predecesor, viendo que la secta de Liberi Muratori, o Masones, o llamada con otro nombre, se aumentaba y tomaba cada día nuevas fuerzas, y habiendo conocido con certeza y por medio de multiplicadas pruebas, que la dicha Asociación era, no solamente sospechosa, sino que también acérrima enemiga de la Iglesia católica, la condenó en la magnífica Constitución In eminenti, la cual fue publicada el cuarto día de las calendas de Mayo del año mil setecientos treinta y ocho.

No pareció suficiente esta bula a Benedicto XIV, de feliz recordación, nuestro predecesor. Algunas gentes extendieron el ruido que la sentencia de excomunión lanzada en las letras de Clemente XII, fallecido hace ya mucho tiempo, había caducado, puesto que no la había confirmado Benedicto XIV.

Seguramente era un absurdo pretender que las leyes de los antiguos Pontífices hubiesen caído en desuso si no estaban expresamente aprobadas por sus Sucesores, y además era evidente que la Constitución de Clemente XII fue varias veces confirmada por Benedicto XIV.

Sin embargo, para arrancar este subterfugio a los sectarios, Benedicto XIV publicó el 15 de las calendas de abril del año mil setecientos cincuenta y uno, una nueva Constitución que comenzaba del modo siguiente:

Providas, y en la cual confirmó la Constitución de Clemente XII recordándola en su texto y en la forma llamada específica, que es entre todas la más extendida y eficaz.

¡Pluguiese al cielo que aquellos que entonces tenían en sus manos el poder hubiesen dado a aquellos decretos toda la importancia, cual pedía la salvación de la Iglesia y del Estado! ¡Pluguiese al cielo estuviesen persuadidos que debían de ver en los Pontífices Romanos, sucesores del bienaventurado Pedro, no sólo a los pastores y jefes de la Iglesia Universal, sino que también a los incansables defensores de su dignidad, a los centinelas más vigilantes de los peligros que les amenazan! ¡Pluguiese al cielo que hubiesen empleado su poder en destruir las sectas, cuyos ponzoñosos designios había descubierto la Santa Sede! Entonces hubiesen podido obtener un completo resultado.

Mas, ya sea por fraude de los sectarios, quienes han tenido la habilidad de esconder sus maniobras, ya por las imprudentes sugestiones de algunos hombres, sucedió que no vieron en ello más que un negocio que debía darse al olvido, o a lo menos que debía ser tratado con ligereza, y de las antiguas sectas de Masones, cuyo ardor no se ha enfriado aún, han salido otras mucho más perversas todavía y mucho más audaces.

La secta de los Carbonarios, que se cree sea la principal en Italia y en otros países, y que parece encerrarlas todas en su seno, dividida en numerosas ramas y con diversos nombres, emprendió la tarea de combatir a la religión católica, y en el orden civil a la soberanía legítima.

Para librar de este azote a Italia, a los demás países y aun a los estados Pontificios, donde se ha extendido con la invasión extranjera y la interrupción del gobierno pontificio, Pío VII, de feliz recordación, a quien Nos hemos sucedido, condenó con las penas más graves la secta de los Carbonarios, llámese como quiera, según la diversidad de lugares, lenguas y hombres, en una Constitución publicada en los idus de Septiembre del año mil ochocientos veintiuno, que comienza con estas palabras: Ecclesiam a Jesu-Christo

Juzgamos oportuno reproducir esta Constitución en nuestras presentes Letras.

Hacía poco tiempo que esta Constitución había sido promulgada por Pío VII, cuando Nos fuimos elevados, sin ningún mérito personal, a la Suprema Cátedra de Pedro, y en seguida pusimos todo nuestro cuidado en dar cuenta del estado, número y poder de las Sociedades secretas. La información nos ha hecho fácilmente reconocer que su audacia se había principalmente aumentado con las nuevas sectas que se le han unido. Entre ellas es preciso hacer mención particular de la llamada Universitaria; por tener su asiento y estar establecida en varias universidades, donde los jóvenes son iniciados en los misterios de esa Sociedad, que pueden llamarse verdaderos misterios de iniquidad, por maestros que se dedican, no a instruirles, y sí a pervertirles y formarles en todos los crímenes.

De aquí ciertamente viene, que si largo tiempo después de la tea de la rebelión fue por primera vez encendida en Europa por las Sociedades secretas y paseadas por sus agentes en todas partes, después de las brillantes victorias ganadas por los más poderosos príncipes de Europa, victorias que nos hicieron esperar que estas Sociedades hubiesen sido aniquiladas, sin embargo, de todo esto, no han cesado aún en sus esfuerzos.

En aquellos países donde las antiguas tempestades parecían apaciguadas, esas mismas Sociedades atizan nuevas discordias y nuevos desórdenes. ¡Qué espanto de los puñales impíos, con los cuales hieren en la oscuridad a las víctimas destinadas a la muerte! ¡Cuántos castigos, y castigos terribles, se han visto obligados a decretar los Gobiernos de los Estados, hasta con sentimiento, para mantener la tranquilidad pública!

De ahí provienen también esas crueles calamidades que desolan casi en todas partes a la iglesia, y las que Nos podemos recordar sin profundo dolor y gran amargura.... Se atacan, con audacia sin límites, sus dogmas y preceptos más sagrados; esfuérzanse en envilecer su majestad; y no sólo turban la paz y la felicidad a las cuales solo ella tiene derecho, sino que las destruyen enteramente.

Y no se crea que sea falsamente y por el mero hecho de calumniar que Nos atribuimos a las Sociedades secretas todos esos males y otros que pasamos en silencio. Los libros que sus adeptos no temen publicar acerca de la religión y de la política, donde insultan a la autoridad, blasfeman de la majestad, repiten que Cristo es un escándalo o una locura, y aún enseñan muchas veces que Dios no existe, o que el alma humana muere con el cuerpo; sus códigos y estatutos, donde revelan sus designios y sus planes, todo esto prueba claramente, lo que ya hemos recordado, que los atentados para echar abajo a las autoridades legítimas y destruir la Iglesia hasta sus fundamentos, vienen de ellos... Hay que tener como cierto y demostrado que esas sectas, aunque diferentes por el nombre, están unidas entre sí con el impío lazo de los más infames proyectos.

Estando de este modo las cosas, Nos pensamos que es propio de nuestro cargo condenar de nuevo estas Sociedades secretas, de suerte que ninguna de ellas pueda vanagloriarse de no estar comprendida en nuestra sentencia apostólica, y con este pretexto inducir en error a hombres sencillos y sin doblez. Así, pues, según parecer de nuestros venerables Hermanos los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, como también de nuestro propio movimiento, y de ciencia cierta y previa deliberación, Nos prescribimos, a perpetuidad, todas las Sociedades secretas, tanto las que ahora existen como las que pudiesen surgir en adelante, y aquellas, como quiera que se denominen, las cuales concibiesen contra la Iglesia y contra los soberanos civiles los proyectos que Nos acabamos de señalar. Nos las proscribimos con las mismas penas, que son decretadas en las Letras de nuestro Predecesores, Letras que Nos hemos reproducido en nuestra presente Constitución, y que Nos expresamente confirmamos.

He ahí porque Nos ordenamos, en virtud de santa obediencia, a todos y a cada uno de los fieles de Jesucristo, de cualquier estado, grado, condición, orden, dignidad, preeminencia, legos o eclesiásticos, seculares o regulares, ya fuesen dignos de mención particular e individual y de designación especial, que ninguno, bajo ningún pretexto o color, tenga la audacia o la presunción de entrar en dichas sociedades, llámense como se quieran, ni propagarlas, favorecerlas, recibirlas o esconderlas en su morada, en sus casa o en cualquier otro punto, ni recibir grados, afiliarse o asistir a sus reuniones, ni darles poder y medios de reunirse donde quiera que sea, ningún consejo, apoyo, o favorecerlas abiertamente o en secreto, directa o indirectamente, por sí o por otros, de cualquier modo, que esto fuere; como también aconsejar, insinuar, sugerir y persuadir a otros que se alisten en esa suerte de Sociedades, de asistir a sus reuniones, ayudarlas y favorecerlas de cualquier modo que esto sea: Nos les prescribimos que huyan de esas Sociedades, de sus asambleas, reuniones, agregaciones o conventículos, bajo pena de excomunión, en la que incurrirán todos los contraventores a la prohibición lanzada, y el mero hecho y sin otra comunicación, excomunión para la dicha persona, no pudiendo recibir el beneficio de la absolución, a no ser en el artículo de muerte, de nadie, si no es de Nos mismo o del pontífice Romano entonces existente.

Nos, además, ordenamos que todos estén obligados, bajo la misma pena de excomunión a Nos reservada y a los Pontífices Romanos nuestros sucesores, denuncien a los Prelados y a quienes incumbe este asunto, todos aquellos que sean conocidos por haberse afiliado en esas Sociedades o por haberse manchado con alguno de los crímenes que acabamos de recordar.

Mas, Nos condenamos absolutamente y declaramos nulo el juramento impiísimo y criminal con el cual aquéllos que se agregan a esas Sociedades se obligan a no revelar a nadie los que se refiere a dicha Asociación, y a herir de muerte a aquellos de los asociados que le revelasen a los superiores, ya sean eclesiásticos, ya seculares. Y con efecto, ¿no es un crimen considerar como un lazo el juramento, es decir, un acto que debe hacerse, en justicia, con el cual se obligan a cometer un crimen inicuo y a despreciar la autoridad de aquellos que, encargados del gobierno de la Iglesia o de la sociedad civil, tienen derecho en conocer todo lo que importa a su conservación? ¿No es, pues, el colmo de la iniquidad y de la impiedad tomar a Dios como testigo y garante de semejantes maldades? Los Padres del Concilio II de Letrán dicen, con muchísima justicia (Canon III): "No se pueden llamar juramentos a las obligaciones contrarias al bien de la Iglesia y a las instituciones de los santos Padres; con más verdad pueden llamarse perjurios".

No se puede tolerar la insolencia o la demencia de esos hombres quienes, al decir, no sólo con el corazón, sino que también en voz alta y en sus escritos públicos: No hay Dios, se atreven sin embargo, a exigir un juramento a todos aquellos que entran en sus sectas.

He aquí lo que Nos hemos decretado para reprimir y condenar todas esas sectas de furiosos y de criminales. Y ahora, venerables Hermanos, Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos católicos, Nos no solamente os pedimos vuestra ayuda, sino que la imploramos. "Cuidad de vosotros mismos y del rebaño sobre el cual el Espíritu Santo os ha establecido Obispos para gobernar la Iglesia de Dios; porque lobos robadores se precipitarán sobre vosotros y vuestros rebaños (Act. XX, 28, 29)".

Mas no temáis y no miréis vuestra vida como más preciosa que vosotros mismos. Tened como cierto que de vosotros depende sobre todo la perseverancia, en la Religión y en la virtud, de los hombres que os han sido confiados. Pues, aunque vivamos en días malos, en un tiempo en el cual muchos no pueden soportar la sana doctrina, sin embargo, gran número de fieles permanece en el respeto debido a sus pastores, a quienes consideran justamente, como ministros de Jesucristo y dispensadores de sus misterios.

Usad, pues, por el bien de vuestras ovejas, de la autoridad que todavía tenéis sobre las almas por la gracia inmortal de Dios. Enseñadlas las astucias de los sectarios y el cuidado extremado con que deben guardarse de ellos y de sus prácticas. Que, una vez formados e instruidos por vosotros, tengan horror de la depravada doctrina de esos hombres, quienes ponen en ridículo los sagrados misterios de nuestra religión y los purísimos preceptos de Jesucristo, y al mismo tiempo atacan a todo poder legítimo.

Y para hablaros el lenguaje de nuestro Predecesor Clemente XIII, en su carta encíclica a todos los Patriarcas, Primados, Arzobispos y Obispos de la Iglesia católica, del catorce de septiembre de mil setecientos cincuenta y ocho: "Penetrémonos, os lo pedimos, del espíritu del señor, de su justicia, de su virtud; no dejemos, como los perros mudos que no saben ladrar, arrebatar nuestros rebaños; no permitamos que nos devoren nuestras ovejas las bestias salvajes. Que nada nos detenga en nuestros combates por la gloria de Dios y la salvación de las almas. Tengamos presente en nuestro espíritu a Aquel que sufrió tan grande contradicción de parte de los pecadores rebelados contra Él (Heb. XII, 3)". Mas si nos dejamos atemorizar con la audacia de los malos, habremos perdido el vigor del episcopado, de la sublime y divina autoridad del gobierno de la Iglesia, y también preferíamos la constancia en la fe cristiana, el día que llegásemos a temblar ante las amenazas o las asechanzas de nuestros enemigos.

Nos imploramos también con gran ardor, vuestro apoyo, oh príncipes católicos, nuestros queridísimos hijos en Jesucristo, vosotros a quienes amamos con paternal y singular ternura. Y al efecto os recordamos las palabras que León el Grande, a quien Nos sucedemos en dignidad, y de quien, aunque indigno en la herencia, llevamos el nombre, escribía al emperador León: "Debéis recordar siempre que el poder real no os ha sido dado sólo para gobernar el mundo, sino que también, y sobre todo, para ayudar a la Iglesia, para reprimir la audacia de los malos, para sostener las buenas instituciones, y para devolver la verdadera paz a todo lo que está turbado (Epíst. CLXI)".

Y sin embargo, tal es la inminencia del peligro, que no es sólo en defensa de la religión católica que debéis reprimir tales actos, sino que también por vuestra propia seguridad y por la salvación de los pueblos sometidos a vuestro imperio. "La causa de la santa Religión, sobre todo en nuestros días, se halla de tal modo ligada con la salvación de la sociedad, que es imposible separar la una de la otra. Con efecto, aquellos que militan en esas sectas, son igualmente los enemigos de la Iglesia y de vuestro poder. Atacan a la una y al otro. Hacemos poderosos esfuerzos para derribarles hasta sus fundamentos. Y si estuviese en su poder, no dejarían en pie ni la religión ni el poder real.

Empero, tal es la astucia de esos hombres pérfidos, que cuando más principalmente parecen aplicados en procurar el desarrollo de vuestro poder, entonces es cuando trabajan con más ahínco en derribarle. Y a la verdad, profesan cien máximas que tienden a persuadir que nuestro poder y el de los Obispos debe ser limitado y debilitado por los hombres que gobiernan el mundo, y que es preciso transferir a éstos una parte de los derechos que son la propiedad de la Cátedra apostólica y de esta principal Iglesia, y una parte de los derechos de los Obispos llamados a compartir nuestra solicitud. Si enseñan tales doctrinas, no es sólo por el profundo odio que tienen a la religión, sino que también en la esperanza que los pueblos sometidos a vuestro imperio, viendo derribar las murallas levantadas por Jesucristo y su Iglesia para proteger las cosas sagradas, cambiarán y destruirán más fácilmente con este ejemplo la forma del gobierno político.

Nuestro pensamiento se vuelve también hacia vosotros, oh hijos muy amados, que profesáis la Religión católica, y Nos os dirigimos particularmente nuestras súplicas y nuestras exhortaciones. Huid de esos hombres que llaman a la luz "tinieblas" y a la tinieblas "luz". Con efecto, ¿qué ventaja podríais sacar en ligaros con hombres que desprecian a Dios y a las soberanías, quienes emprenden con sus intrigas y asambleas secretas hacerlas la guerra, y quienes al proclamarse dispuestos a hacer bien a la Iglesia y a la sociedad, han, sin embargo, probado con sus actos que quieren turbarlo y destruirlo todo? Son semejantes a esos hombres, a quienes San Juan en su segunda epístola (II Joan, 10) prohibe se les dé hospitalidad y hasta saludarles, y a quienes nuestros padres no temían llamar primogénitos del demonio.

Guardaos, pues, de seducciones y discursos melosos, con los cuales quieren persuadiros para que os alistéis en sus sectas. Tened por cierto que nadie puede participar o puede formar parte de esas sectas sin hacerse culpable de un crimen grandísimo; cerrad los oídos a los que os digan para persuadiros a que consintáis en dejaros admitir en los grados inferiores de sus sectas, afirmando con vehemencia que no hay nada contrario en esos grados ni a la razón ni a la Religión, y que todo lo contrario, no enseñan ni practican nada que no sea puro, justo y santo. Mas el criminal juramento, del cual hemos hablado, y que es exigido en la iniciación de grados inferiores, es bastante para que comprendáis que es impío alistarse en esos grados inferiores y permanecer en ellos.

Y aunque no acostumbren a confiar los asuntos comprometidos y criminales a aquellos que aún no han llegado a los grados superiores, es evidente, sin embargo, que la fuerza y audacia de esas Sociedades tan perniciosas crecen en razón de la unión y número de aquellos que se alistan en ellas. Y de ese modo, aquellos que no hubiesen llegado a los grados superiores, deben ser reputados cómplices de los mismos crímenes. Y la palabra del Apóstol a los Romanos cae sobre ellos: "Aquellos que hacen esas cosas son dignos de muerte; y no solamente aquellos que las hacen, sino que también aquellos que se asocian a los que las hacen".

Y al terminar, Nos invitamos y llamamos con amor profundo a aquellos que, después de haber recibido la divina luz, después de haber gustado el don del cielo, después de haber habitado en ellos el Espíritu Santo, han sin embargo caído miserablemente, y se han afiliado a esas sectas de las cuales son miembros, ya sea en los grados inferiores, ya en los superiores. Nos, que estamos en lugar de Aquel que ha declarado no haber venido a llamar a los justos, y sí a los pecadores, y quien se comparó a un pastor que abandonando lo restante de su rebaño, busca con apresuramiento la oveja que había perdido. Nos los rogamos y conjuramos vuelvan a Jesucristo. Aunque, en verdad, se hayan manchado con un crimen enorme, deben, no obstante, no desesperar de la misericordia y de la clemencia de Dios y de su hijo Jesucristo. Que mediten en sí mismos, que recurran a Jesucristo, que también ha sufrido por ellos, quien no solamente no despreciará su arrepentimiento, sino que, como aquel padre amoroso que espera desde hace

ya mucho tiempo a los hijos pródigos, va a recibirles con grandísima alegría. Por lo que a Nos toca, y con el fin de animarles, en lo que está de nuestra parte, con el fin de hacerles fácil el camino de la penitencia, Nos suspendemos durante un año entero, a partir de la publicación de las presentes Letras Apostólicas, en el país que ellos habiten, tanto la obligación en denunciar a sus asociados, como la reserva de las censuras en las cuales hubiesen incurrido haciéndose afiliar en dichas sectas, y Nos declaramos que, aún sin haber denunciado a sus cómplices, pueden ser absueltos de esas censuras por todo confesor, con tal que esté aprobado por los Ordinarios de los lugares que habiten.

Nos hemos también resuelto conceder la misma facilidad para aquellos que habiten en Roma.

Y si alguno de aquellos a quienes Nos dirigimos en este momento fuese bastante obstinado (¡que Dios padre de misericordia aleje esta desgracia!), que deje pasar, sin abandonar las sectas, volviendo al redil, durante el tiempo que acabamos de marcar, una vez llegado el término, volverá a estar obligado a denunciar a sus cómplices y las censuras renacerán para él, y ya no podrá obtener la absolución si no ha denunciado antes a sus cómplices, o a lo menos que se haya obligado con juramento a denunciarles lo más pronto posible, y no podrá ser absuelto de las censuras por otro si no es por Nos mismo, o por nuestros Sucesores, o por aquellos que hubiesen obtenido de la Santa Sede apostólica poder para dar esta absolución.

Nos queremos también que se presente a las copias de nuestras presentes Letras, aun a las impresas firmadas de la mano de un notario público, y tengan el sello de una persona constituida en dignidad eclesiástica, la misma fe que se prestaría a las Letras originales, si así fuesen presentadas o mostradas.

Que a ningún hombre sea permitido infringir o contrariar con temeraria audacia este texto de nuestra declaración, condenación, confirmación, renovación, mandato, prohibición, invocación, requerimiento, decreto y voluntad.

Mas, si alguno fuese bastante presuntuoso para atentar contra ellas, sepa que incurrirá en la indignación de Dios todopoderoso y de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo.

Dado en Roma, cerca de San Pedro, el año de la Encarnación de Nuestro Señor MDCCXXV, el III de los idus de Marzo (13 de Marzo de 1826), el II año de nuestro pontificado.

 

¡IMPORTANTE PARA NOSOTROS!

Os invitamos a firmar nuestro
LIBRO DE VISITAS,
antes que os retireis en paz,
orden y armonía

¡GRACIAS!


Libro de Visitas
 

PARA NOSOTROS SON MUY IMPORTANTES VUESTRAS OPINIONES Y SUGERENCIAS.
ELLAS NOS PERMITIRÁN MEJORAR DIA A DIA
LA CONSTRUCCIÓN DE ESTA PLANCHA
 

 

EMAIL PRINCIPAL:
logiagenesis33@hotmail.com
 
 

EMAIL ALTERNO:
genesis33@terra.com.co